Seguros para perros potencialmente peligrosos (PPP)
Información sobre seguros y demás obligaciones para los dueños
Si vives en España y tienes un perro de una de las siguientes razas y/o que reune determinadas características debes saber que el Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo 2002 establece que estás obligado por ley a tener contratado un seguro de responsabilidad civil para perros considerados potencialmente peligrosos (PPP).
Se trata de las razas en esta lista de perros potencialmente peligrosos:
- American Pit Bull Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Staffordshire Bull Terrier
- Fila Brasileiro
- Dogo Argentino
- Rottweiler
- Akita Inu
- Tosa Inu
Aparte de para ejemplares de estas mencionadas razas es obligatorio contratar un seguro para perros potencialmente peligrosos para aquellos perros que reúnan la mayoría de las siguientes características:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas.
- Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
Dicho seguro debe cubrir los daños a terceros por una cantidad no inferior a 120.000 €.
La mayor parte de las compañías aseguradoras ofrecen seguros para perros potencialmente peligrosos.
El precio de un seguro para un perro considerado potencialmente peligroso depende de las opciones que se contraten y puede llegar a tener un precio de alrededor de 150 € anuales.
Antes de contratar cualquier seguro debes leerte detenidamente las condiciones y preferiblemente comparar las condiciones de varios seguros antes de decidirte. No te dejes guiar sólo por el precio. También es cierto que barato no necesariamente es igual a malo.
Quiero destacar que la ley deja un amplio margen para que un perro sea considerado potencialmente peligroso y deja esto en manos de expertos que en determinados casos deben decidir. Esto implica que el hecho de que tu perro no pertenezca a una de las mencionadas razas o que según tus propios criterios no reúne la mayoría de los criterios no significará necesariamente que para la ley tu perro no sea un perro potencialmente peligroso.
Los requisitos para la tenencia de un perro considerado potencialmente peligroso
Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos
Debes obtener la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Para poder obtenerla debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos. No obstante, no será impedimento para la obtención o, en su caso, renovación de la licencia, haber sido sancionado con la suspensión temporal de la misma, siempre que, en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida íntegramente.
- Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 €).
Puedes acreditar que cumples con lo establecido en los párrafos b) y c) mediante los certificados negativos expedidos por los registros correspondientes. Tu capacidad física y la aptitud psicológica las puedes acreditar mediante los certificados obtenidos según lo dispuesto en el Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo 2002.
La licencia administrativa será otorgada o renovada, a petición del interesado, por el órgano municipal competente, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 50/1999, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
Esta licencia tendrá un periodo de validez de cinco años y podrás renovarla por periodos sucesivos de 5 años. Sin embargo, dejerá de tener válidez en el momento en que dejes de cumplir cualquiera de los requisitos mencionados anteriormente. Cuando se produce cualquier cambio en los datos que constan en la licencia dispones de un plazo de quince días para informar de estos cambios al órgano competente del municipio que la expeditó.
Si tu licencia en vigor sea objeto de una intervención, medida cautelar o suspensión, acordada en vía judicial o administrativa, se te denegará la expedición de otra nueva o la renovación hasta que se hayan levantado aquellos.
Certificado de capacidad física
- Para poder ser el propietario de un perro potencialmente peligroso debes poseer las condiciones físicas necesarias para poder dar los cuidados necesarios al animal y procurar su adecuado manejo, mantenimiento y control.
- Para poder acreditar que posees la capacidad física a que hace referencia el párrafo
anterior debes sacarte el certificado de
capacidad física para la tenencia de animales potencialmente
peligrosos. Éste se expedirá una vez superadas
las pruebas necesarias para comprobar que no tienes
enfermedad o deficiencia alguna, de carácter orgánico
o funcional, que pueda suponer incapacidad física asociada
con:
- Tu capacidad visual.
- Tu capacidad auditiva.
- El sistema locomotor.
- El sistema neurológico.
- Dificultades perceptivo-motoras, de toma de decisiones.
- Cualquiera otra afección, trastorno o problema, no comprendidos en los párrafos anteriores, que puedan suponer una incapacidad física para garantizar el adecuado dominio del animal.
Certificado de aptitud psicológica
El certificado de aptitud psicológica, a que se refiere el párrafo c) del artículo 3.1 de la Ley 50/1999, para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, se expedirá una vez superadas las pruebas necesarias para comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad psíquica o psicológica, o cualquier otra limitativa del discernimiento, asociada con:
- Trastornos mentales y de conducta.
- Dificultades psíquicas de evaluación, percepción y toma de decisiones y problemas de personalidad.
- Cualquiera otra afección, trastorno o problema, no comprendidos en los párrafos anteriores, que limiten el pleno ejercicio de las facultades mentales precisas para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Aquí puedes leer el texto completo del Real Decreto en el BOE.
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